| Ackerman, Mario E. | |
| PÁGINAS: 0 | EDICIÓN: 1ª | |
| MATERIA: Laboral General (39) | |
| PUBLICADO: 0000 | |
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| REFERENCIA: 2668 |
Después de una inicial regulación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) establecido en el tÃtulo 20 de la ley 27.802 con el Decreto 315/2026, el Poder Ejecutivo dictó los decretos 407, 408 y 409 todos ellos del 29 de mayo del año 2026, con los que se reglamentó la mayorÃa de las cuestiones tratadas en la llamada Ley de Modernización Laboral.
AsÃ, el decreto 407/2026, en sus tres Anexos reglamenta varios artÃculos de la Ley de Contrato de Trabajo, el régimen de las Empresas de Servicios Eventuales y el nuevo modelo de recibo de sueldo y, en su cuerpo principal, modifica las reglamentaciones de las leyes de organización sindical Nro. 23.551, de negociación colectiva Nro. 14.250, del Régimen de Trabajo Agrario -Ley Nro. 26.727-, y del Régimen laboral de la Industria de Construcción -Ley Nro. 22.250-. A su vez, el decreto 408/2026 aprueba la reglamentación del TÃtulo II de la ley 27.802 dedicado al Fondo de Asistencia Laboral y el 409/2026 la del TÃtulo XXVII que regula el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER).
Este nuevo conjunto normativo, que seguramente será complementado con normas de jerarquÃa inferior dictadas por distintos órganos de la administración del Estado, nos obliga a una inmediata actualización complementaria de nuestra obra sobre la Modernización Laboral de la ley 27.802, que será publicada a la mayor brevedad, dentro del plazo que permita combinar la necesidad de satisfacer la urgencia del conocimiento de las nuevas reglas con el rigor que reclama un estudio cuidadoso de sus disposiciones.
Dr. Mario E. Ackerman

